Energía

El poner un sistema de interconexión para la generación de energía solar, ya sea con el microinversor BDM-600 o con inversores de cadena EPCOM POWER LINE®, requiere de un contrato con la Comisión Federal de la Electricidad (CFE).

No es aceptable estar operando un sistema de este tipo sin el previo consentimiento y contrato de contraprestación que se vincula con el equipo generador, el contrato estipula que ambas partes están de acuerdo en que se genere la energía eléctrica y se inyecte a la red.

Los elementos indispensables para realizar el contrato son los siguientes:

  • Se requiere llenar el ‘Formato de Solicitud de Interconexión’, donde se especifica los datos del cliente, del instalador, coordenadas, tipo de tecnología, etc.
  • Se solicita el recibo de luz del servicio donde se va a realizar la conexión, y una carta poder donde se autoriza al instalador realizar cambios por el propietario en su recibo eléctrico, en caso de que el servicio se encuentre a nombre de un negocio o industria, se requiere una carta administrativa expedida por el solicitante, fichas técnicas de los equipos y certificados de calidad de los mismos, diagrama de conexión, fotografías del sistema instalado, y un mapa mostrando la ubicación y las coordenadas del equipo ya instalado.

Después de cumplir estos requisitos, el resto del trámite es recabar las firmas necesarias de la persona a nombre del servicio eléctrico; es importante recordar que para realizar un trámite de interconexión se debe de tener un servicio de 220 Vca en 2 fases; por lo tanto, si no se tiene, se puede solicitar un aumento de carga a la CFE para tener acceso a ello.